Para una estancia de más de 90 días en Estados Unidos, es necesario solicitar un visado en la embajada americana.
Solicitar un visado para ir a Nueva York
El visado es un permiso indispensable para los extranjeros que deseen viajar a Estados Unidos y que cumplan determinados requisitos. La entrada en Estados Unidos siempre ha estado sujeta a procedimientos y autorizaciones muy exigentes.
Sin embargo, desde los trágicos atentados del 9 de septiembre de 2001, y debido a los riesgos terroristas que pesan sobre numerosos países occidentales, las condiciones de concesión de la autorización de entrada en Estados Unidos se han vuelto aún más estrictas, en particular las relativas al vínculo entre el solicitante del visado y determinados países de Oriente Medio y África.
¿Un visado o una autorización ESTA?
Si su país puede beneficiarse de la autorización simplificada ESTA, pero las circunstancias de su viaje a Estados Unidos responden a uno de los criterios siguientes, deberá solicitar un visado:
- Su estancia en Estados Unidos es superior a 90 días consecutivos e ininterrumpidos;
- Su solicitud ESTA ha sido rechazada;
- Tiene doble nacionalidad: es de nacionalidad francesa o de cualquier otro país de la Unión Europea, y tiene doble nacionalidad iraquí, iraní, siria y sudanesa.
- Por lo tanto, tiene dos pasaportes válidos, uno de los cuales es de un país considerado «de riesgo» por el gobierno estadounidense.
- Usted es de nacionalidad francesa o de cualquier otro país europeo, pero ha visitado Irán, Irak, Sudán o Siria al menos una vez desde 2011. Esta norma no se aplica a los soldados cuyos regimientos hayan participado en operaciones militares en los territorios mencionados ni a los trabajadores humanitarios que hayan trabajado en estas zonas. Estos últimos pueden seguir utilizando el procedimiento ESTA.
¿Qué visado debo solicitar para viajar a EE.UU.?
Existe un gran número de visados disponibles para viajar a Estados Unidos. Existen los siguientes visados:
- negocios/Turistas (visados B1, B2 y B1/2),
- deportistas/Artistas (visado O y P),
- au Pair (visado J),
- trabajadores domésticos (B1, A3, G5 y OTAN-7),
- estudiantes (visados F y M)
- intercambios/formación/prácticas (visado J),
- trabajo (visados H, L y Q)
Para presentar la mejor solicitud, asegúrese de elegir la categoría de visado adecuada para usted. Si es necesario, póngase en contacto con la Embajada de EE.UU. para aclarar sus dudas.
¿Cómo solicito un visado?
Para solicitar su visado en la Embajada de París, debe rellenar el formulario DS-160 que puede descargar de la página web del gobierno de EE.UU.: https://ceac.state.gov/genniv. Deberá proporcionar una foto de pasaporte que cumpla con las especificaciones requeridas y adjuntarla a este formulario DS-160.
La renovación del visado puede hacerse en línea y por correo con los documentos originales en determinadas condiciones. Para solicitar un visado por primera vez, deberá concertar una cita en la Embajada de Estados Unidos en París (18 avenue Gabriel – 75008 París). Consulte la página web de la Embajada para saber a qué categoría corresponde su perfil.
Documentos adicionales: el caso de los estudiantes
Dependiendo del tipo de visado que solicite, deberá reunir determinados documentos adicionales. Por ejemplo:
- Visado F para estudios generales o de idiomas, necesitará el documento I-20 (expedido por la escuela o universidad en Estados Unidos), y el recibo de pago de las tasas SEVIS.
- Visado M para estudios profesionales o especializados, necesitará una carta de su centro educativo en la que se indique su nivel de estudios y la duración autorizada de su estancia.
Deberá estar matriculado en una institución educativa en EE.UU. para poder solicitar su visado de estudiante. La institución educativa en EE.UU. le entregará el formulario I-20 necesario. Este formulario debe registrarse en el Sistema de Información de Estudiantes y Visitantes de Intercambio (SEVIS).
Para obtener estos visados, debe cumplir con la Sección 214(b) del Código de Inmigración. Ésta exige que demuestre sus vínculos con Francia y su intención de abandonar Estados Unidos una vez finalizados sus estudios.
Trabajo, salario y visado
Todos los estudiantes que deseen estudiar en Estados Unidos deben demostrar que disponen de dinero suficiente para mantenerse durante su estancia, aunque no encuentren trabajo allí. Deberán adjuntar a su solicitud de visado un extracto bancario o una nómina.
En cualquier caso, con el visado F sólo se le permitirá trabajar un máximo de 20 horas semanales remuneradas. En cuanto al visado M, al no ser compatible con ninguna actividad profesional, no le permite encontrar trabajo remunerado en Estados Unidos.
Los cónyuges e hijos menores de 21 años pueden acompañar al estudiante, pero también tendrán que registrar su formulario en el sistema SEVIS. El estudiante también tendrá que demostrar que dispone de fondos suficientes para mantener a su familia. La relación familiar entre los acompañantes y el estudiante deberá demostrarse mediante un documento oficial como un Livret de Famille, un certificado de nacimiento, un certificado de matrimonio… Los PACS no están reconocidos para la obtención de un visado en Estados Unidos.
Para más información, consulte la página de la Embajada y examine los documentos disponibles: https://fr.usembassy.gov/visas/